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500€ de multa por llevar cámara en casco

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El Tio La Vara

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cito del blog:

" Yo le digo que como agente en mi trabajo lo que hare sera pararle y requisarle la grabacion que sera remitida a un juez y el decidirá pues yo no se que uso esta haciendo usted de esas imágenes.

Un saludo, y no piense que pretendo quitarle la razón pues como dije no soy experto en nada."

Esio tiene una complicación, "yo no se que uso esta haciendo usted de esas imágenes"es evidente el uso que esta haciendo en el momento de ser parado por el policia,..... NINGUNO, las imagenes sigiebn dentro de la camara y no se han pasado a ningun potro sitio, por tanto no se hesta haciendo ningun uso de las imagemnes, otra cosa es que dijera, YO NO SE QUE USO PIENSA HACER ... y eso mientras no se haya hecho el uso, la verdad es que un juez lo tiene muy jodido, para adivinarlo, los jueces son jueces, no son "RAPEL".

Otra cosa es que estes sacando fotos de algo o alguien que expresamente no este ermitido, por ejemplo sacar fotos en un museo que puede estar prohibido, sacar fotos a un agente o a un vehiculo de la policia, (no se si esta prohibido) sacar fotos en unas instalaciones militares, en casos así, no hai problema del uso que se quiera hacer, simplemente como esta prohibido, pues denuncia multa etc...

Pero si no es en esos casos sinceramente creo que el tema es algo mas complicado si la sanción es por el uso que vayas a hacer de las fotos, por que como se puede demostrar que uso vas a hacer de las fotos, cuando todabía estan en la memoria de la camara????

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Aplicación de la L.O. 1/92, artículo 19, aptdo. 1, segundo párrafo: “Asimismo,

podrán ocupar preventivamente los efectos o instrumentos susceptibles de ser utilizados

para acciones ilegales, dándoles el destino que legalmente proceda”.

Intervención de la cámara cumplimentado la correspondiente acta, y

comparecencia dando cuenta al Juzgado, poniendo a su disposición los efectos

intervenidos.

c) Fotografías captadas por particulares, NO existiendo indicios de que puedan ser

utilizadas para la comisión de actos delictivos o que pongan en peligro la

seguridad de los funcionarios policiales o de sus instalaciones:

A juicio del agente actuante, si se considera que no existe justificación para la toma

de esas imágenes, se tomará la filiación completa de la persona y se le informará de que

si las imágenes tomadas llegan a vulnerar los derechos arriba expuestos de los

funcionarios policiales (ejemplo: publicar dichas fotografías en internet con ánimo

denigratorio) se pondrá en conocimiento del Juzgado correspondiente.

Sin saber lo que paso es difícil emitir un juicio, pero cabe la posibilidad de que el denunciado indicase o dejase caer que iba s utilizar la grabación para "dar por saco"

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................... " Yo le digo que como agente en mi trabajo lo que hare sera pararle y requisarle la grabacion que sera remitida a un juez y el decidirá pues yo no se que uso esta haciendo usted de esas imágenes.

Un saludo, y no piense que pretendo quitarle la razón pues como dije no soy experto en nada."

Remitir a un juez la grabación? pues si no es dentro de un atestado policial relativo a una denuncia por un delito concreto, no me explico como piensa remitirle nada al juez :shock:

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Hoy he leido un post al respecto de un abogado. Por lo visto el ámbito de aplicación de la ley no incluye la grabación en espacios públicos o algo así, y que lo de la multa y confiscación de la cámara es un fake. Sino imaginad, cual es la diferencia entre grabar la calle desde la moto o a pie? Nos quedábamos todos sin móvil!!!

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  • 1 month later...
Aplicación de la L.O. 1/92, artículo 19, aptdo. 1, segundo párrafo: “Asimismo,

podrán ocupar preventivamente los efectos o instrumentos susceptibles de ser utilizados

para acciones ilegales, dándoles el destino que legalmente proceda”.

Intervención de la cámara cumplimentado la correspondiente acta, y

comparecencia dando cuenta al Juzgado, poniendo a su disposición los efectos

intervenidos.

c) Fotografías captadas por particulares, NO existiendo indicios de que puedan ser

utilizadas para la comisión de actos delictivos o que pongan en peligro la

seguridad de los funcionarios policiales o de sus instalaciones:

A juicio del agente actuante, si se considera que no existe justificación para la toma

de esas imágenes, se tomará la filiación completa de la persona y se le informará de que

si las imágenes tomadas llegan a vulnerar los derechos arriba expuestos de los

funcionarios policiales (ejemplo: publicar dichas fotografías en internet con ánimo

denigratorio) se pondrá en conocimiento del Juzgado correspondiente.

Sin saber lo que paso es difícil emitir un juicio, pero cabe la posibilidad de que el denunciado indicase o dejase caer que iba s utilizar la grabación para "dar por saco"

Esta es la mejor manera de zanjar un tema, con la ley en la mano. Así todos los que se creen abogados, tendrán la base legal para opinar.

Un 10 para ti CH22

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Aquí pongo un enlace de un foro de trail en el cual un forero lo explica bastante bien.

http://expediciontrail.com/2015/02/25/e ... as-go-pro/

Un saludo

Me resulta bastante creible, tanto si la multa con confiscación es cierta o falsa. Creo que en Rusia ea obligatorio llevar cámara en el vehículo.

Obligatorio no es, pero dado que allí la gente se tira, literalmente, a los vehículos para cobrar las indemnizaciones de los seguros, muchos conductores optan por poner cámaras en sus coches para tener pruebas de estos hechos

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Me parece un abuso brutal confiscar una go-pro sin "indicios" de que sea para cometer un delito. Me parece el acto de un poli cateto que se piensa que tiene carta blanca para hacer lo que le da la gana. Vista la información adjuntada por los compañeros, en caso de que un día me encuentre en esa tesitura entiendo que debo hacer lo siguiente:

1) Preguntar cual es el delito que se supone estoy cometiendo o planeando cometer para que me confisquen la cámara

2) En caso de respuesta negativa pedir que conste explícitamente por escrito. Ya de paso pedir los datos del agente, por si mi abogado considera emprender acciones legales, y preguntar cómo recuperar la cámara.

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Una pregunta

si el policia te a requisado la camara y con la ley en la mano no puede hacerlo

se le podria denunciar por robo con fuerza ?

Quiza de esta forma se le iban a bajar los humos al poli de cuajo, ya que se enfrentaria a una sancion que le podria costar el puesto

yo si es a si, le meto la denuncia mañana mismo, mas por que sus compañeros, se dejen de gilipolleces a partir de ahora

Yo si que le pondria la denuncia no por robo por fuerza sino por prevaricación, abuso de autoridad o algo asi. No le va a costar el puesto ni va a ir a la carcel pero si que le va a tocar los cojones.

El problema es de formación, se saben de carretilla el código de circulación pero nadie les ha explicado lo mas importante: que vivimos en un Estado de Derecho, donde se presume la inocencia y se protegen los derechos de los ciudadanos, y que no solo se pueden requisar cosas cuando no hay completa seguridad de que se puede hacerlo.

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A mi me parece bastante caro el blog del abogado trailero. La ley de protección de datos tiene una ámbito de aplicación determinado y nuestro caso no está incluido... Los particulares que graban en vídeo una procesión de semana santa, la cabalgata de los Reyes Magos, o al vecino haciendo piruetas con el monopatín en la plaza, no están sujetos a cumplir esta ley según asegura como profesional que dice ser.

Me parece muy extraño que quiten la cámara, suena a que algo hay grabado en ella que no gusta al agente....

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Jajajajaj. Para mear y no echar gota. Aquí todos tenemos derechos pero parecemos olvidarnos muchas veces de las obligaciones.

Y siempre se nos olvida que los derechos de los demás acaban donde empiezan los nuestros.

Y que conste que yo habitualmente llevo gopro, pero se a que atenerme si me paran, de igual manera que se a que atenerme si me paran por el campo.

Una cosa es que no me parezca bien que te requisen la cámara, claro que eso también dependerá de que lado del objetivo te encuentres, y otra muy distinta es que el policía este haciendo bien su trabajo .

Igualmente pienso que lo de cateto sobra.

P.d. La cámara te la requisan, no te la quitan. Cuando un juez vea esas imágenes y decida que hacer con ellas,, la cámara te la devuelven.

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