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Son obligatorios los intermitentes ?

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Soy-un-Peligro

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Soy-un-Peligro

Buenas!!

Es obligatorio llevar intermitentes, luces en general, porta matricula homologado y etc... ??

Necesitaría la moto para fines de semana pero también para ir a trabajar y no se si se puede llevar sin intermitentes...

Se que los ciclomotores se pueden llevar sin intermitentes pero las motocicletas también ?

Un saludo

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jinetenocturno

Para hacer Enduro nada de eso es obligatorio, pero si te paran las fuerzas del orden te lo pueden exigir y por cada cosa ke no lleves, zasca! Multa al canto. Es cuestión de...suerte.

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Soy-un-Peligro
Para hacer Enduro nada de eso es obligatorio, pero si te paran las fuerzas del orden te lo pueden exigir y por cada cosa ke no lleves, zasca! Multa al canto. Es cuestión de...suerte.

Te refieres por ciudad ? o si me paran los "forestales"

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Uno o dos retrovisores homologados, CREO QUE ERAN 2 PARA LAS MOTOCICLETAS QUE SUPERABAN LOS 110KM/H, PERO ESO NO LO RECUERDO

Dos retrovisores si por construcción pasa de 100 kilómetros hora.

La cosa es que hay que llevarlos si la moto tiene esa capacidad por construcción, aunque le hayamos puesto un desarrollo que lo impidiera, o aunque la usemos por vías por las que el límite sea 100 o inferior, o por ciudad con límites de 30.

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Soy-un-Peligro

Los retrovisores no es un gran problema venden 2 por 20€ casi en cualquier sitio, son de plástico y plegables, homologados, es un chorro me parece que no lleva ni cristal, aquí ya se empiezan a ver, pero como son homologados :lol: :lol: ...

Lo peor por así decirlo son los intermitentes y el tema del escape, que en realidad cada uno va como quiere pero bueno.

Gracias a todos!!

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Tio por el monte si eres educado no te van a decir nada por no llebar retrovisor o intermitentes. Por si acaso lleba un quitamultas y yasta. Luces y portamatriculas obviamente debes llebarlos. Y por ciudad tienes que llebarlo todo porque te van a multar si o si.

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Motocicletas matriculadas a partir del 1 de noviembre de 1999 intermitentes obligatorios, da igual si es por monte o carretera, otra cosa es circuito cerrado.

Exacto a ver si nos enteramos, camino o asfalto es indiferente ambos son VÍA PÚBLICA, y en via pública aunque sea camino, pueden exigir exactamente lo mismo que en asfalto, otra cosa es que si nos paran hagan la vista gorda con los retrovisores (en campo solo sirven para provocar lesiones, pues no se ve una mierda por muy buenos que sean) o con los intermitentes, resumiendo, como bien dice rasgo:

Motocicletas matriculadas a partir del 1 de noviembre de 1999 intermitentes obligatorios

Luces y PORTAMATRICULAS HOMOLOGADO.

Silencioso que no exceda el máximo de fonos permitido.

Uno o dos retrovisores homologados, CREO QUE ERAN 2 PARA LAS MOTOCICLETAS QUE SUPERABAN LOS 110KM/H, PERO ESO NO LO RECUERDO.

Si no cumples todo eso, tanto la GC como los foresganes te pueden denunciar, ojo que también te puede denunciar por eso cualquier caminante....pero en ese caso ya no hay presunción de veracidad por parte del denunciante, tendría que ser el ciudadano el que demostrara que no ibas legal, y no demostrar tu que ibas legal.

Esta amigos, es la respuesta correcta....

:lol:

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Hola chicos, aprovecho este hilo para hacer una preguntilla sobre el tema.

Los sepronas pueden "dar el alto" y en ese caso multar por retrovisores o intermitentes aunque vayas por carretera? Por ejemplo cruzando un pueblo o cuando cogemos un tramo de asfalto para enlazar de una zona a otra para volver a endurear.

Saludos

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Motocicletas matriculadas a partir del 1 de noviembre de 1999 intermitentes obligatorios, da igual si es por monte o carretera, otra cosa es circuito cerrado.
Si no cumples todo eso, tanto la GC como los foresganes te pueden denunciar, ojo que también te puede denunciar por eso cualquier caminante....pero en ese caso ya no hay presunción de veracidad por parte del denunciante, tendría que ser el ciudadano el que demostrara que no ibas legal, y no demostrar tu que ibas legal.

Un foresgan tiene potestad para denunciar por el estado del vehiculo? Denunciará por temas propiamente medio ambientales pero no si lleva intermitentes o espejos, vamos digo yo o no se aplica eso de zapatero a tus zapatos

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Los civiles sean sepronas o rurales pueden denunciarte x todo lo denunciable jaja forestales creo k ya lo tienen mas limitado, en mi pueblo para las cosas serias del monte no se complican y llaman al seprona

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Los sepronas pueden "dar el alto" y en ese caso multar por retrovisores o intermitentes aunque vayas por carretera? Por ejemplo cruzando un pueblo o cuando cogemos un tramo de asfalto para enlazar de una zona a otra para volver a endurear.

Los sepronas son un cuerpo de la guardia civil y como tal, te pueden sancionar por infracciones contra la ley de tráfico, estés donde estés siempre y cuando sea un lugar público o privado de uso público, como cualquier otro guardia civil y su palabra tendrá presunción de veracidad.

Los forestales al contrario, te pueden denunciar como cualquier otro ciudadano por esas mismas infracciones contra la ley de tráfico, pero en este caso, su palabra no tiene presunción de veracidad como la de cualquier otro ciudadano puesto que no tienen competencias específicas en seguridad vial, y será su palabra contra la tuya. (Lo cual puede solucionar con una prueba gráfica de lo que denuncia, por ejemplo una fotografía de que careces de retrovisores).

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