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CARNET A2 Y 450.....

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Aarón18-450

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Tengo el carnet A2 y me quiero comprar una moto de segunda mano de 450; KTM, YAMAHA, HONDA o HUSABERG, ¿no se cuál?.

LA PREGUNTA ES ¿ PUEDO LLEVAR CUALQUIER MOTO DE ESTAS SIN LIMITAR?

GRACIAS

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Ola pues por potencia seguro que si pero por peso...... no creo aunque hay una pagina en google que sale del carnet A2 que pone legislar por legislar y te biene lo de peso potencia saludos

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Pues mi WR450 del 08 por papeles la puedo llevar sin limitar puesto que en potencia máx está en papeles por debajo del maximo para el A2 y en peso/potencia también, así que sin mas se peude llevar, por lo menos en mis papeles.

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En papeles si pero como te la metan en un banco de potencia la 450 se pasa de cv y de peso si se puede llevar por la MTMA de la tara,pero vamos que lo que miran todos son los papeles saludos.

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En papeles si pero como te la metan en un banco de potencia la 450 se pasa de cv y de peso si se puede llevar por la MTMA de la tara,pero vamos que lo que miran todos son los papeles saludos.

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ls 450 d4T de potencia pueden estar mas o menos correctas para el A2 sin limitarlas pues estan todas cercanas a los 47CV que es el maximo permuitido, si pasan algun caballito es facil delimitarlo, un sinple siloencioso mas discreto y puede que pierdas yua el cv o par de cv que te sobran, el problema es la relacion de peso potencia, pues supongamos que tiene 46CV, en ese caso por potencia no habria que limitarla

pero la relacion peso potencia maxima permitida es de 0,27CV/kg y para eso la moto debberia pesar mas de 170kg....pues

46/170=0,270588235... asi que si queres llevar la moto completamente legal, no te queda mas remedio que limitarla potencia en torno a unos 30cv mas o menos dependiendo del peso de la moto claro.

No, no te cueles, porque no usan para la relación de peso potencia el peso en vacío de la máquina, sino el peso en orden de marcha de la misma, es decir, el peso llena + el peso máximo que puede transportar, creo que esto es la MMA.

Aquí en la mia viene bien claro:

F2. Masa máxima en carga adminisble del vehículo en circulación en España (kg). y luego me pone que es 230Kgr para mi WR.

G. Masa del vehículo en servicio con carroceria blablabla y me pone 130Kg.

P2. Potencia neta máxima en KW, y me pone 30.00Kw, eso es menos de los 35 del límite.

Q. RElación peso potencia, me sale a 0.13Kw/kg.

Esos 0.13 salen de dividir los 30KW/230kg = 0.13

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ls 450 d4T de potencia pueden estar mas o menos correctas para el A2 sin limitarlas pues estan todas cercanas a los 47CV que es el maximo permuitido, si pasan algun caballito es facil delimitarlo, un sinple siloencioso mas discreto y puede que pierdas yua el cv o par de cv que te sobran, el problema es la relacion de peso potencia, pues supongamos que tiene 46CV, en ese caso por potencia no habria que limitarla

pero la relacion peso potencia maxima permitida es de 0,27CV/kg y para eso la moto debberia pesar mas de 170kg....pues

46/170=0,270588235... asi que si queres llevar la moto completamente legal, no te queda mas remedio que limitarla potencia en torno a unos 30cv mas o menos dependiendo del peso de la moto claro.

No, no te cueles, porque no usan para la relación de peso potencia el peso en vacío de la máquina, sino el peso en orden de marcha de la misma, es decir, el peso llena + el peso máximo que puede transportar, creo que esto es la MMA.

Aquí en la mia viene bien claro:

F2. Masa máxima en carga adminisble del vehículo en circulación en España (kg). y luego me pone que es 230Kgr para mi WR.

G. Masa del vehículo en servicio con carroceria blablabla y me pone 130Kg.

P2. Potencia neta máxima en KW, y me pone 30.00Kw, eso es menos de los 35 del límite.

Q. RElación peso potencia, me sale a 0.13Kw/kg.

Esos 0.13 salen de dividir los 30KW/230kg = 0.13

casi pero no es la mma es la masa en orden de marcha,esto que es:peso de la moto+deposito lleno+todos los liquidos de la moto llenos + peso del piloto.

osea que a no ser que peses 50 kg este peso lo daras seguro y lo pasaras pues una 450 pesa.

a lo que dicen por hay arriba que si la meten en un banco de potencia eso solo te pasaria si tu la hubieras limitado porque esa moto se pasaba de caballos o hubieras modificado la moto para sacar mas potencia,los usuarios de motos no tienen nada que ver con lo que los fabricantes pongan en los papeles porque no tenemos nada que ver con eso,es decir que si sacaran una r de 1000 y la casa le expecifica 10 cv aunque realmente de 200 podrias cogerla e ir legal porque el estado la ha pasado con esa potencia.

espero haber sido de ayuda.

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ls 450 d4T de potencia pueden estar mas o menos correctas para el A2 sin limitarlas pues estan todas cercanas a los 47CV que es el maximo permuitido, si pasan algun caballito es facil delimitarlo, un sinple siloencioso mas discreto y puede que pierdas yua el cv o par de cv que te sobran, el problema es la relacion de peso potencia, pues supongamos que tiene 46CV, en ese caso por potencia no habria que limitarla

pero la relacion peso potencia maxima permitida es de 0,27CV/kg y para eso la moto debberia pesar mas de 170kg....pues

46/170=0,270588235... asi que si queres llevar la moto completamente legal, no te queda mas remedio que limitarla potencia en torno a unos 30cv mas o menos dependiendo del peso de la moto claro.

No, no te cueles, porque no usan para la relación de peso potencia el peso en vacío de la máquina, sino el peso en orden de marcha de la misma, es decir, el peso llena + el peso máximo que puede transportar, creo que esto es la MMA.

Aquí en la mia viene bien claro:

F2. Masa máxima en carga adminisble del vehículo en circulación en España (kg). y luego me pone que es 230Kgr para mi WR.

G. Masa del vehículo en servicio con carroceria blablabla y me pone 130Kg.

P2. Potencia neta máxima en KW, y me pone 30.00Kw, eso es menos de los 35 del límite.

Q. RElación peso potencia, me sale a 0.13Kw/kg.

Esos 0.13 salen de dividir los 30KW/230kg = 0.13

casi pero no es la mma es la masa en orden de marcha,esto que es:peso de la moto+deposito lleno+todos los liquidos de la moto llenos + peso del piloto.

osea que a no ser que peses 50 kg este peso lo daras seguro y lo pasaras pues una 450 pesa.

a lo que dicen por hay arriba que si la meten en un banco de potencia eso solo te pasaria si tu la hubieras limitado porque esa moto se pasaba de caballos o hubieras modificado la moto para sacar mas potencia,los usuarios de motos no tienen nada que ver con lo que los fabricantes pongan en los papeles porque no tenemos nada que ver con eso,es decir que si sacaran una r de 1000 y la casa le expecifica 10 cv aunque realmente de 200 podrias cogerla e ir legal porque el estado la ha pasado con esa potencia.

espero haber sido de ayuda.

Los de la ITV que yo sepa no tienen banco de potencia.

Y no es que en la ITV te pesen la moto contigo encima. Se usa el valor que sale en la documentación y en mi caso son 230Kgr para sacar la relacion peso potencia y listo, no porque pese yo 70kg por ejemplo van a sacar la relacion peso potencia para mi, sino para cada uno van a sacar una relacion peso potencia distinta??? NO, la relacino peso potencia de esa moto es la que figura en esos papeles y punto, y sale de dividir P2 en los papeles por F2 en los papeles.

En el caso de una moto, MASA MÁXIMA ADMISIBLE es = MMA, poqrue es el peso del vehículo en orden de marcha + los pasajeros y la carga máxima que puede transportar, y es más, si miras aparte de la tarjeta del permiso de circulación la hoja de inspección técnica del mismo, pone MTMA/MMA = 230Kgr en mi caso.

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a ver.. que no os aclarais...

- Para pasar de Kw a CV= hay que multiplicar por 1.36.

- Para pasar de Cv a Kw= hay que multiplicar por 0.736

- Para conocer los caballos fiscales (en lo que se basan los pagos): hay que aplicar la siguiente formula:

PF= 0,08*(C/N) elevado a 0,6 * N

C: cilindrada en centímetros cúbicos

N: número de cilindros

hacer la prueba con la documentacion de vuestra moto/coche... y vereis como sale...

saludoos!!

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Los de la ITV que yo sepa no tienen banco de potencia.Y no es que en la ITV te pesen la moto contigo encima. Se usa el valor que sale en la documentación y en mi caso son 230Kgr para sacar la relacion peso potencia y listo, no porque pese yo 70kg por ejemplo van a sacar la relacion peso potencia para mi, sino para cada uno van a sacar una relacion peso potencia distinta??? NO, la relacino peso potencia de esa moto es la que figura en esos papeles y punto, y sale de dividir P2 en los papeles por F2 en los papeles.En el caso de una moto, MASA MÁXIMA ADMISIBLE es = MMA, poqrue es el peso del vehículo en orden de marcha + los pasajeros y la carga máxima que puede transportar, y es más, si miras aparte de la tarjeta del permiso de circulación la hoja de inspección técnica del mismo, pone MTMA/MMA = 230Kgr en mi caso.

y que pinta la itv en esto digo yo nose a la itv le da exactamente igual como si no tienes carnet de conducir ellos simplemente van a ver si la moto esta bien para conducir segun las caracteristicas tecnicas que marca el fabricante,ami nunca me han pedido el carnet al ir a pasar una itv.

es una chorrada como an puesto la regla pero es asi se que lo mas logico seria con la mma o la tara en su defecto pero el ilustrado que hizo la ley la propuso asi y asi quedo aunque sea una autentica tonteria asique olvidaros de todo eso de la relacion peso potencia y centraros en los caballos que es en lo que realmente os va a decir la moto que podeis coger o no porque lo otro es una sandez como la copa de un pino que lo pasan todas las motos sobradas.

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Teneis razon , como me ha comentado otro forero, por MP parece ser que los inteligentes utilizan el peso maximo que puede llevarr la moto, con pasajeros equipaje etc... MTMA, por otro lado en la ficha tennica no se si lo ponen para todas las otos igual, pero en la mia no pone la potencia ni en CV ni en Kw, solo la relacion peso/potencia y es de 0,04.. las GG 300, si de verdad utilizan el peso MTMA, sinceramente la limitacion del A2 es una gilipoyez que sobra, pues segun esos datos conm el A2 puedes llebar una suzuki 750 de 198CV sin limitar pue l a relacion peso potencia al final con el peso MTMA saldria inferior a 0,2 y me parece que teneis toda la raqzon uy que el peso que utilizan el MTMA asi qeu si en la ficha tecnica solo pone la relacion peso potencia uy no pone los CV o los Kw cualquier enduro se podria llevar legalmente sin limitar con el A2, pero siempre si de verdad como decir y creo que teneis razon, el peso qual que se refieren es el MTMA

Yo si quieres te pongo una scan de mi folleto de inspección técnica para que veas lo que te comenté.

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Los de la ITV que yo sepa no tienen banco de potencia.Y no es que en la ITV te pesen la moto contigo encima. Se usa el valor que sale en la documentación y en mi caso son 230Kgr para sacar la relacion peso potencia y listo, no porque pese yo 70kg por ejemplo van a sacar la relacion peso potencia para mi, sino para cada uno van a sacar una relacion peso potencia distinta??? NO, la relacino peso potencia de esa moto es la que figura en esos papeles y punto, y sale de dividir P2 en los papeles por F2 en los papeles.En el caso de una moto, MASA MÁXIMA ADMISIBLE es = MMA, poqrue es el peso del vehículo en orden de marcha + los pasajeros y la carga máxima que puede transportar, y es más, si miras aparte de la tarjeta del permiso de circulación la hoja de inspección técnica del mismo, pone MTMA/MMA = 230Kgr en mi caso.

y que pinta la itv en esto digo yo nose a la itv le da exactamente igual como si no tienes carnet de conducir ellos simplemente van a ver si la moto esta bien para conducir segun las caracteristicas tecnicas que marca el fabricante,ami nunca me han pedido el carnet al ir a pasar una itv.

es una chorrada como an puesto la regla pero es asi se que lo mas logico seria con la mma o la tara en su defecto pero el ilustrado que hizo la ley la propuso asi y asi quedo aunque sea una autentica tonteria asique olvidaros de todo eso de la relacion peso potencia y centraros en los caballos que es en lo que realmente os va a decir la moto que podeis coger o no porque lo otro es una sandez como la copa de un pino que lo pasan todas las motos sobradas.

Sí, en la ITV se la sudará que carné llevas, pero a la GC si te para y lee los papeles, pues a esos no les sudará tanto. De todos modos cuando van limitadas, no sé si hay algun certificado o algo, poqrue si te paran, nadie sabe si setá limitada o no, ahí no sé como irá el tema, la verdad es que a mi me da igual...

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