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como limitar una moto en papeles

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jorgecc98

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No hay ningún vacío legal.

La moto sale de la fábrica limitada en papeles y físicamente. Sale de una manera en la que la puedes conducir legalmente.

Que el concesionario te la de configurada como el manual describe como "Solo competición" no significa que tu puedas llevarla. Además el mismo manual te dice que es una configuración no homolagada, esta claro que no concuerda con la ficha técnica y no es legal. A cualquiera nos podrían decir que la moto no esta como en la ficha técnica, ni como esta declarada en la póliza del seguro. Nos podrían buscar las cosquillas. Pero en tu caso además por no tener el carnet necesario.

¿Solo competición una moto homologada para circular por carretera? Entiendo lo que quieres decir, pero se me hace complicado imaginar una GasGas rindiendo 5cv. En cualquier caso como bien dices buscándote las cosquillas pueden rascar, pero siempre será mucho mas dificil que buscarte las cosquillas por no llevar el kit de limitación.

Ojo, homologada para circular por carretera NO, el conce cuando te quita la limitación, te quita los espejos, intermitentes y portamatrículas homologado. Esa moto ya no puede circular por carretera. Y el comprador lo sabe, otra cosa es que todos nos lo pasemos por el... pero sabemos que aúnque irracional, es ilegal..

Interesante lo que cuentas, desconocía que el concesionario eliminara la limitación. ¿Sabrias decirme en que consiste ese kit de limitación?

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Escape con topes y catalizador. Restrictror en admision. Surtidores mas pequeños y algunas llevan tambien tope que limita la apertura de la valvula de carburador.

Lo que te dicen es cierto. La moto legalmente solo puede circular con todo esto montado. Si te lo quitan en la tienda para que ande lo que tiene que andar, esa moto no es apta para la circulacion. Y si lo haces (circular por la via publica) lo haces ilegalemnte.

Lo ilegal NO es quitar el kit de limitacion. Lo ilegal es circular sin el por la via publica. Es decir, con la moto modificada respecto a lo que pone en ficha tecnica. Es como una moto de cross. Su venta no es ilegal, pero si lo es circular con ella por las calles o caminos.

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Lo que te dicen es cierto. La moto legalmente solo puede circular con todo esto montado. Si te lo quitan en la tienda para que ande lo que tiene que andar, esa moto no es apta para la circulacion. Y si lo haces (circular por la via publica) lo haces ilegalemnte.

Lo ilegal NO es quitar el kit de limitacion. Lo ilegal es circular sin el por la via publica. Es decir, con la moto modificada respecto a lo que pone en ficha tecnica. Es como una moto de cross. Su venta no es ilegal, pero si lo es circular con ella por las calles o caminos.

Bueno aquí estas mezclando muchas cosas, pero entiendo a lo que te refieres.

Si quitan el kit de limitación, la moto SI es apta para circular, pero con el permiso de conducir correspondiente, ósea el A2, además la moto pasa la itv perfectamente sin ningún kit de limitación, doy fe de ello.

Y una moto de cross es una moto que no esta homologada para circular por vía pública, pero si la equipas con todos los requisitos, y un fajete de dinero, puede circular sin ningún problema.

Hay que separar bien los conceptos :mrgreen:

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Lo que te dicen es cierto. La moto legalmente solo puede circular con todo esto montado. Si te lo quitan en la tienda para que ande lo que tiene que andar, esa moto no es apta para la circulacion. Y si lo haces (circular por la via publica) lo haces ilegalemnte.

Lo ilegal NO es quitar el kit de limitacion. Lo ilegal es circular sin el por la via publica. Es decir, con la moto modificada respecto a lo que pone en ficha tecnica. Es como una moto de cross. Su venta no es ilegal, pero si lo es circular con ella por las calles o caminos.

Bueno aquí estas mezclando muchas cosas, pero entiendo a lo que te refieres.

Si quitan el kit de limitación, la moto SI es apta para circular, pero con el permiso de conducir correspondiente, ósea el A2, además la moto pasa la itv perfectamente sin ningún kit de limitación, doy fe de ello.

Y una moto de cross es una moto que no esta homologada para circular por vía pública, pero si la equipas con todos los requisitos, y un fajete de dinero, puede circular sin ningún problema.

Hay que separar bien los conceptos :mrgreen:

No y no. Ni has entendido a lo que me refiero ni tienes razon en lo que dices. Ningun vehiculo puede circular con una ficha tecnica que no refleje los datos reales del vehiculo. Si compras una 125 que en ficha anuncia 15cv pero en ralidad tiene 35cv, ese vehiculo no puede circular legalmente. Da igual que tengas el A2 como el de piloto de aviones.

Otra cosa es que la ITV no se enteren, o no puedan comporbarlo. Sin un banco de potencia, no puede saberse la potencia real.

Una moto de cross solo puede circular legalmente si pagas una homologacion a un ingeniero , te hace una ficha tecnica que refleje los datos REALES del vehiculo y pasas la ITV correspondiente.

Te estas liando con carnets y homologaciones. No tienen que ver.

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Escribe con mas calma porque me cuesta leerte. Tu carnet te permite llevar motos de hasta 15cv, y la gasgas pone en ficha 5cv, da igual que de 20 que 100, si en ficha pone 5 y tu no has tocado nada, esa moto la puedes llevar COMPLETAMENTE LEGAL, porque tu no tienes porque ser conocedor de la potencia real de esa moto.

Realmente me cuesta bastante entender lo que intentas decir, pero me da la sensación de que estas bastante confundido al respecto.

Una moto que sale de casa con menos de 15cv, se puede llevar con el B sin ningún problema, da igual la potencia real que de.

La ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento, si a ti te dan una moto limitada "en papeles" pero que realmente no lleva montadas las limitaciones por tanto da la potencia que de , 40cv por ejemplo y en la ficha técnica te marca 5cv NO PUEDES LLEVARLA CON TU CARNET por que la moto da 40cv ponga la ficha lo que ponga, solo podras llevarla legalmente con el carnet B cuando LLEVES MONTADOAS EL LA MOTO TODAS LAS LIMITACIONES para el carnet B, de no ser asi, si te para la GC seguramente no te diga nada, ficha tecnica legal, carnet adecuado para ficha tecnica = correcto (aunque no lleve las limitaciones montadas) pero en caso de accidente el seguro si puede verificar si estaban montadas las limitaciones obligatorias para tu carnet, en el momento del accidente y si no es asi, a la ley le trae al fresco quien las quito o quien noi las monto, to conducias un vehiculo para el que tu carnet no era valido, por tanto a efectos legales, conducias sin carnet.

Entendido, desconocía que las GasGas salían de la casa con limitadores, en ese caso lógicamente no tiene ningún sentido lo que he dicho.

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Lo que te dicen es cierto. La moto legalmente solo puede circular con todo esto montado. Si te lo quitan en la tienda para que ande lo que tiene que andar, esa moto no es apta para la circulacion. Y si lo haces (circular por la via publica) lo haces ilegalemnte.

Lo ilegal NO es quitar el kit de limitacion. Lo ilegal es circular sin el por la via publica. Es decir, con la moto modificada respecto a lo que pone en ficha tecnica. Es como una moto de cross. Su venta no es ilegal, pero si lo es circular con ella por las calles o caminos.

Bueno aquí estas mezclando muchas cosas, pero entiendo a lo que te refieres.

Si quitan el kit de limitación, la moto SI es apta para circular, pero con el permiso de conducir correspondiente, ósea el A2, además la moto pasa la itv perfectamente sin ningún kit de limitación, doy fe de ello.

Y una moto de cross es una moto que no esta homologada para circular por vía pública, pero si la equipas con todos los requisitos, y un fajete de dinero, puede circular sin ningún problema.

Hay que separar bien los conceptos :mrgreen:

No y no. Ni has entendido a lo que me refiero ni tienes razon en lo que dices. Ningun vehiculo puede circular con una ficha tecnica que no refleje los datos reales del vehiculo. Si compras una 125 que en ficha anuncia 15cv pero en ralidad tiene 35cv, ese vehiculo no puede circular legalmente. Da igual que tengas el A2 como el de piloto de aviones.

Otra cosa es que la ITV no se enteren, o no puedan comporbarlo. Sin un banco de potencia, no puede saberse la potencia real.

Una moto de cross solo puede circular legalmente si pagas una homologacion a un ingeniero , te hace una ficha tecnica que refleje los datos REALES del vehiculo y pasas la ITV correspondiente.

Te estas liando con carnets y homologaciones. No tienen que ver.

Vaya, debe ser entonces que los bmw 335i de 306 que dan en banco 330 son ilegales, o los m4, o los 116d reprogramados, en fin.

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Lo que te dicen es cierto. La moto legalmente solo puede circular con todo esto montado. Si te lo quitan en la tienda para que ande lo que tiene que andar, esa moto no es apta para la circulacion. Y si lo haces (circular por la via publica) lo haces ilegalemnte.

Lo ilegal NO es quitar el kit de limitacion. Lo ilegal es circular sin el por la via publica. Es decir, con la moto modificada respecto a lo que pone en ficha tecnica. Es como una moto de cross. Su venta no es ilegal, pero si lo es circular con ella por las calles o caminos.

Bueno aquí estas mezclando muchas cosas, pero entiendo a lo que te refieres.

Si quitan el kit de limitación, la moto SI es apta para circular, pero con el permiso de conducir correspondiente, ósea el A2, además la moto pasa la itv perfectamente sin ningún kit de limitación, doy fe de ello.

Y una moto de cross es una moto que no esta homologada para circular por vía pública, pero si la equipas con todos los requisitos, y un fajete de dinero, puede circular sin ningún problema.

Hay que separar bien los conceptos :mrgreen:

Esactamente, hay dos temas que la moto este homologada para un carnet y que la mnoto este homologada para circular por via publica, llas GG (hablo por que es la que he tenido) dan mas de 40CV y son totalmente legales para circular por vias publicas (si no desmontar intermitentes, claxon, retrovisores y el falfdon largo de la matricula) en ese casio si tienes el carnet "A" no hay problema, a mi el vendecdor como me conoce y sabe que carnet tengo NO ME MONTO las limitaciones para el carnet B puesto que yo no tengo que llevar la moto limitada, pero si me dio todas las limitaciones en una bolsa y cuando la vendi la vendi con todas las limitaciones en la bolsa por si alguna vez acaba en manos de alguien con carnet B, que tendría que momtarlo.

La moto de serie sale con la homologacion E4, creo que es la que esta en vigor, cumpliendola sin montar las limitaciones, por tanto no hay problema para circular con ella, "SI TIENES EL CARNET A"

Jaso, lo tuyo tiene delito macho. Deberias saberlo. Si el vehiculo no cumple con todos los datos reflejados en la ficha tencica, no puede circular legalmente. Indpendientemente del carnet del propietario. Esque no tiene nada que ver. Los veihculos se homolgan para ser aptos para la circulacion. No se homologan segun el carnet del propietario.

Para comprobar esto que os digo, solo teneis que tener un accidente majo, donde a vuestro seguro le toque apechugar con una cuantiosa suma de €. Vereis lo que tardan los peritos en buscar culquier minimo fallo (ruedas gastadas, medida no homolgada, modificaciones, MAYOR POTENCIA DE LA DELCARADA EN LA FICHA, etc...) para no tener que soltar €€€.

Mas de un seguro se a librado de pagar, porque el vehculo llevaba un escape no homologado o filtro de aire o unas simples lunas tintadas. Son casos reales.

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Vaya, debe ser entonces que los bmw 335i de 306 que dan en banco 330 son ilegales, o los m4, o los 116d reprogramados, en fin.

En los bancos hay unos margenes tolerables y aceptados. Por eso los viejos TDI de 90 daban algo mas de 100. Los de 110 daban casi 130 ,etc... y otros no llegan a la potencia declarada.

Otra cosa son las reprogamaciones. De verdad hay que explicar algo tan simple???? :shock:

Una repro modifica la potencia del motor? SI.

Es legal modificar la potencia del motor? NO.

Que haya que explicar esto... :roll:

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Vaya, debe ser entonces que los bmw 335i de 306 que dan en banco 330 son ilegales, o los m4, o los 116d reprogramados, en fin.

En los bancos hay unos margenes tolerables y aceptados. Por eso los viejos TDI de 90 daban algo mas de 100. Los de 110 daban casi 130 ,etc... y otros no llegan a la potencia declarada.

Otra cosa son las reprogamaciones. De verdad hay que explicar algo tan simple???? :shock:

Una repro modifica la potencia del motor? SI.

Es legal modificar la potencia del motor? NO.

Que haya que explicar esto... :roll:

Me gustaría ver esos casos reales que tu dices, donde un seguro no pague por llevar las lunas tintadas, o mejor aun, por llevar una potencia distinta de la declarada en ficha.

Mas que nada porque no tenemos manos en todo el foro para contar la cantidad de coches que dan mas potencia de la declarada, y que te aseguro que sus seguros han pagado sin ningún problema. Un 335i de 500cv tiene un accidente y atropella a alguien, y el seguro paga, y punto. No van a mirar si tienes 200cv mas. Otra cosa es que cambies el motor, o bestialidades varias. O que se demuestre que esa potencia extra ha sido el motivo del accidente.

Pero vamos que si lo tienes tan claro te agradecería alguna referencia real a esos casos, para estar prevenido vamos. :wink:

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Vaya, debe ser entonces que los bmw 335i de 306 que dan en banco 330 son ilegales, o los m4, o los 116d reprogramados, en fin.

En los bancos hay unos margenes tolerables y aceptados. Por eso los viejos TDI de 90 daban algo mas de 100. Los de 110 daban casi 130 ,etc... y otros no llegan a la potencia declarada.

Otra cosa son las reprogamaciones. De verdad hay que explicar algo tan simple???? :shock:

Una repro modifica la potencia del motor? SI.

Es legal modificar la potencia del motor? NO.

Que haya que explicar esto... :roll:

Me gustaría ver esos casos reales que tu dices, donde un seguro no pague por llevar las lunas tintadas, o mejor aun, por llevar una potencia distinta de la declarada en ficha.

Mas que nada porque no tenemos manos en todo el foro para contar la cantidad de coches que dan mas potencia de la declarada, y que te aseguro que sus seguros han pagado sin ningún problema. Un 335i de 500cv tiene un accidente y atropella a alguien, y el seguro paga, y punto. No van a mirar si tienes 200cv mas. Otra cosa es que cambies el motor, o bestialidades varias. O que se demuestre que esa potencia extra ha sido el motivo del accidente.

Pero vamos que si lo tienes tan claro te agradecería alguna referencia real a esos casos, para estar prevenido vamos. :wink:

Un par de casos.

1- Ciclomotor que embiste a gran velocidad a otro cilomotor parado. Con un final feo. Uno de los 2 chavales termina en silla de ruedas para toda la vida. Se demontó el motor para mirar el cubicaje. Llevaba cilindro de 74, carburador, escape... lo tipico. El seguro se libro de pagar por estas modificaciones.

2- Saxo VTS con lunas tintadas no homologadas. Al salir de una rotonta se lleva una moto por delante. Seguro se libra de pagar daños a terceros por las lunas no homologadas.

Conozco mas por si te interesan mucho...

No hace falta cambiar el motor para hacer bestialidades. Mi coche mismo, cambiando turbo, IC y repro, esta sacando casi el doble de potencia de la declarada...

:mrgreen:

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Eso es como el que dice: Yo cambio las ruedas para la Itv y después apuro un poco mas estas..

Que paso al apurar un poco mas, que se llevo un coche y una vida por delante.

Al mes siguiente resultados del atestado:

-Notificación del seguro, el vehículo no cumplía con las condiciones obligatorias de circulación, tal como recoge el articulo tal de la póliza. No se hace cargo ni de las indemnizaciones a terceros, ni los daños propios.

-Notificación entregada por agentes, va a ser acusado de homicidio imprudente..

No se como acabo el tema, con el paso de los meses perdí el hilo. Se que no era capaz de asumir las indemnizaciones y se encargo la responsabilidad civil o algo así. No se lo que le pasaría pero se que anduvo de juicios para un lado y para otro..

Con esto solo quiero decir, que por muy habitual y lógico que sea lo que hacemos tengamos en cuenta lo que es legal y lo que no, y que nos responsabilicemos de ello. Los seguros tienen una letra pequeña que por supuesto que se van a aferrar a ella si pueden evitar pagar.. Nunca pasa nada hasta que pasan las desgracias, y luego nadie sabia nada ni tenia la culpa de nada..

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Vamos a ver, la pregunta va sobre lo que es legal, sobre quién es el responsable o sobre si te pillan o no?

Como han dicho un par de compañeros, cada vehículo se corresponde con una ficha técnica, que se corresponde con la homologación de una serie de unidades de un modelo concreto. Cuando uno modifica el vehículo deja de corresponderse con la homologación inicial en mayor o menor medida y con la ficha técnica, ya sea físicamente o mediante un software si así cambian los parámetros homologados.

Si en la ficha técnica dice que la puñetera moto tiene 5cv pero alguien "ha quitado los topes" y da 15 o 26, o 48cv y la usa en un circuito, mientras que no haya cerca un nido de abutardas estará dentro de la legalidad.

Si en cambio la usa en la vía pública estará:

- Circulando con un vehículo no homologado

- Los posibles daños producidos en caso de accidente no serán cubiertos por ninguna póliza. Irá circulando sin seguro

- En caso de que el vehículo fuera homologable en una categoría con potencia superior podría suceder que el conductor estuviera conduciendo un vehículo sin el carné correspondiente. En caso contrario...

A lo de los vehículos que dan + o - cv que en la ficha técnica se entiende que hay unas tolerancias, ya que pueden cambiar desde la presión atmosférica hasta la calidad del carburante.

Por cierto, existen los bancos de potencia móviles y los usa la policía.

PD. De todos modos los endureros somos unos proscritos, si continuamos existiendo es porque cuesta más patruyar el campo que el asfalto.

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Eso es como el que dice: Yo cambio las ruedas para la Itv y después apuro un poco mas estas..

Que paso al apurar un poco mas, que se llevo un coche y una vida por delante.

Al mes siguiente resultados del atestado:

-Notificación del seguro, el vehículo no cumplía con las condiciones obligatorias de circulación, tal como recoge el articulo tal de la póliza. No se hace cargo ni de las indemnizaciones a terceros, ni los daños propios.

-Notificación entregada por agentes, va a ser acusado de homicidio imprudente..

No se como acabo el tema, con el paso de los meses perdí el hilo. Se que no era capaz de asumir las indemnizaciones y se encargo la responsabilidad civil o algo así. No se lo que le pasaría pero se que anduvo de juicios para un lado y para otro..

Con esto solo quiero decir, que por muy habitual y lógico que sea lo que hacemos tengamos en cuenta lo que es legal y lo que no, y que nos responsabilicemos de ello. Los seguros tienen una letra pequeña que por supuesto que se van a aferrar a ella si pueden evitar pagar.. Nunca pasa nada hasta que pasan las desgracias, y luego nadie sabia nada ni tenia la culpa de nada..

Ahi tienes otro ejemplo Duendenegro. Este caso no es una modificacion de la potencia, pero ya te he dicho que las compañias de seguro se agarran a un clavo ardiendo para no soltar 1€. Y como tengas un accidente donde tengan que pagar una pasta y lleves una moto con el doble de potencia real de la declarada en ficha tecnica, ya puedes curzar los dedos y rezar todo lo que sepas.

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Vamos a ver, la pregunta va sobre lo que es legal, sobre quién es el responsable o sobre si te pillan o no?

Como han dicho un par de compañeros, cada vehículo se corresponde con una ficha técnica, que se corresponde con la homologación de una serie de unidades de un modelo concreto. Cuando uno modifica el vehículo deja de corresponderse con la homologación inicial en mayor o menor medida y con la ficha técnica, ya sea físicamente o mediante un software si así cambian los parámetros homologados.

Si en la ficha técnica dice que la puñetera moto tiene 5cv pero alguien "ha quitado los topes" y da 15 o 26, o 48cv y la usa en un circuito, mientras que no haya cerca un nido de abutardas estará dentro de la legalidad.

Si en cambio la usa en la vía pública estará:

- Circulando con un vehículo no homologado

- Los posibles daños producidos en caso de accidente no serán cubiertos por ninguna póliza. Irá circulando sin seguro

- En caso de que el vehículo fuera homologable en una categoría con potencia superior podría suceder que el conductor estuviera conduciendo un vehículo sin el carné correspondiente. En caso contrario...

A lo de los vehículos que dan + o - cv que en la ficha técnica se entiende que hay unas tolerancias, ya que pueden cambiar desde la presión atmosférica hasta la calidad del carburante.

Por cierto, existen los bancos de potencia móviles y los usa la policía.

PD. De todos modos los endureros somos unos proscritos, si continuamos existiendo es porque cuesta más patruyar el campo que el asfalto.

Exactamente. Es de logica que en la ficha tecnica esten reflejados los datos reales de la homologacion del vehiculo.Si una 125 de enduro esta homologada con 15cv, LEGALMENTE solo puede CIRCULAR con 15cv. No me entra en la cabeza que alguien piense que puede ir legal, con el doble de potencia de la declarada en la ficha. ¿entonces para que sirve la ficha tencnica? para contar mentiras?

Y lo que mas me extraña, es que esto no lo sepa un abagado, como dice ser Duendenegro. Especialemente el tema de las coberturas de los seguros con un vehiculo modificado. Lo digo porque esto sucede a diario y suele acabar en juicios,etc...

Raro, raro, raro... :roll:

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El tema es que cuando te entregan la moto del concesionario ya viene deslimitada, pasa la ITV, la Guardia Civil, Policía (o lo que corresponda) no se mete en ello,... ¡¡Todo bien!!

Hasta que hay una pelotera gorda y cada uno se escaquea por donde puede, en ese caso el único responsable es el conductor, ya puede decir misa, que si la compré así, que si pasa la ITV, que si nunca me han dicho nada, bla, bla y bla. Circulas con un vehículo modificado, es ilegal y te la comes tú.

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El lio viene cuando alguienm con carnet A (que puede llevar cualquier motocicleta) quiere una nmoto de enduro, que da 50cv y puede conducirla legalmente la motocicleta tal y como te la entregan da los 50 cv por que las limitaciones la fabrica te las da en la bolsa ( con la gas gas 2010 al menos lo hacian asi) y en la ficha tecnica te ponen.... 15CV por que la omologan para loas que no tienen el carnet A, por que las puñeteras fabricas de ,mierda no homologan las motos con su potencia real y luego el que tenga que limitarlas por carnet las limite, por que asi lo que logran es que to dios vaya ilegal...

El que tiene por limitacion de carnet tiene que llevar la moto limitada va ilegal por que la moto esta limitada en papeles, pero en la realidad se la entregan sin limitar, y los que tienen carnet para llevar 50cv tambien van ilegales por que a la fabrica se le pone en las narices homologarlas con 15cv cuando dan 50

Te lias Jaso. Hay motos limitadas por tema de carnet, pero en el caso de las 2t. de enduro, vienen limitadas para poder pasar la homologacion EURO 5, 6... o la que sea. Un motor 2t. deslimitado contamina tanto que no es homolgable en la UE. Entonces los fabricantes capan el motor por todos los lados, para poder seguir homologando y vendiendo motores 2t. Olvida el tema carnet. No vienen limitadas por eso...

El concesionario te da la moto deslimitada. Lo cual no es ilegal. Puedes usar la moto en circuito y no pasa nada. El problema es cuando tu circulas por una via publica con la moto deslimitada. Esa moto no cumple con los requisitos de la homologacion y el unico responsable de circular con una moto no homologada, o modificada, es el usuario.

Es como las semillas de marihuana. Esta prohibido cultivar, pero no vender semillas.

O como los detectores de radar. Esta prhibido ( o estaba) su uso, pero no su venta.

O como los faros de xenon piratas. Esta prhibido su uso para circular, pero no su venta.

O como las motos de enduro. Esta prhibido el enduro, pero no la venta de motos...

O como....

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