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motos de enduro que se pueden conducir con el a2?

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danimartin22

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Mi Husqvarna TC 250 declara 8'5 Kw, como dicen, no tendrás problema, sólo asegurate de que ya está limitada, y no que lo tengas que hacer tú, para ahorrarte el rollo kit + certificado taller + ITV +$$$...

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Jaso;

Yo compré mi TC 250 limitada porqué no tuve otra opción, obviamente no le voy a poner el kit, pues saqué el carnet "cuando la vespa", y tampoco pienso ir a certificar el desmontaje + luego ITV + reforma de importancia=$$$.

Por lo tanto voy ilegal!!!

No hay que ser tan estrictos, no es lo mismo llevar una moto de 100 cv que una 250 4t que deslimitadas no van ni para atrás.

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Te han informado mal, no puedes llevar practicamente ninguna, salvo que esa limitación sea también física y no en papeles, que la gente se pase la legislación por el forro, no quier decir que el hacerlo sea legal...

Es como si conduces sin tener carnet, no pasa nada ... hasta quee pasa.

La limitación de las motos en papeles, implica que si tienes un carnet que te limita la conducción a las motos que estén limitadas, para que legalmente puedas llevar la moto , tiene que estar limitada en papeles y en la realidad y cualquier moto de enduro de 250 o mas si no esta limitada fisicamente, no puede llevarse "LEGALMENTE" con el A2

Para poder llevar legalmente una moto de enduro con el A2 tiene que dar una relación peso potencia de 0,2 Kw por kilo, es decir 0,272 Kg por CV

Una 250 que pese 115 kg y de 40 CV tiene una relación peso potencia de 0,347 evidentemete supera bastante el límite permitido para el A2, pero que moto de enduro da menos de 40 CV??? y pesa mas de 115 kg? todas sin limitar están por encima de esos valores es decir superan ampliamente la relación peso potencia de 0,272 Kg por CV, por tanto con el A" no se puede llevar legalmente ninguna enduro de 250cc o mas si no esta limitada FISICAMENTE, aunque lo este en papeles.

No le contéis mas milongas a la gente por favor, que nunca pasa nada, pero como le pase a uno se acordara de vuestra familia y del momento en el que os hizo caso....

decidles la verdad que LEGALMENTE NO SE PUEDE LLEVAR UNA ENDURO DE 250cc o mas con el A2 si la moto esta limitada en papeles, pero NO ESTÁ LIMITADA FISICAMENTE.

Luego cada cual que haga lo que se de la gana, pero no les aconsejéis ilegalidades, informadles de lo que dice la ley y que luego cada cual haga lo que le de la real gana, bajo su responsabilidad.

creo que te equivocas, segun tengo entendido es:

la relacion potencia peso se calcula con la potencia en kw y el peso es la MMA, no la tara.

por lo que para ponerte un ejemplo con mi moto una wr450F 07

potencia 30 kw

mma 230kg

relacion potencia peso = 0,130

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yo pienso que es con la MMA porque todas las fichas que he visto la relacion potencia peso sale de esa operacion, en el permiso de circulacion tambien suele aparecer, te pongo unas fotos de algunas fichas para que veas que la relacion potencia peso sale con la MMA:

la ultima foto es de la ficha de una moto a la que le han quitado la limitacion que tenia, y veras abajo la nueva relacion potencia peso

y en todas como ves se calcula con la MMA y no la tara

limitacionz750.jpg

copiadefichatecnicalimi.png

797ze.jpg

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yamaha dt y wr 125

Jaso esta claro que no es legal, es un engaño limitarla solo en papeles, pero si se hace y mucho, te pongo mi ejemplo, este verano voy a sacarme el A2 y un amigo mio que es policia nacional me vende la suya de carretera, una honda hornet 600 que saca 120 cv reales y el me dice que me la vende con el recorte de potencia en papeles para que la pueda llevar sin problemas, ya que si te paran un poli no puede comprobar la potencia de una moto, no puede subirtela a un banco de pruebas por lo que se tienen que fiar de lo que pone en el papel, NO ES LEGAL, pero tampoco te van a decir nada, en el caso de que pase algo en un accidente no suelen meter la moto a un banco de pruebas, te lo digo por experiencia, me la robaron y se metieron un pedazo de ostia y no me la comprobaron ni hicieron nada.

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Alcarreño450exc
Te han informado mal, no puedes llevar practicamente ninguna, salvo que esa limitación sea también física y no en papeles, que la gente se pase la legislación por el forro, no quier decir que el hacerlo sea legal...

Es como si conduces sin tener carnet, no pasa nada ... hasta quee pasa.

La limitación de las motos en papeles, implica que si tienes un carnet que te limita la conducción a las motos que estén limitadas, para que legalmente puedas llevar la moto , tiene que estar limitada en papeles y en la realidad y cualquier moto de enduro de 250 o mas si no esta limitada fisicamente, no puede llevarse "LEGALMENTE" con el A2

Para poder llevar legalmente una moto de enduro con el A2 tiene que dar una relación peso potencia de 0,2 Kw por kilo, es decir 0,272 Kg por CV

Una 250 que pese 115 kg y de 40 CV tiene una relación peso potencia de 0,347 evidentemete supera bastante el límite permitido para el A2, pero que moto de enduro da menos de 40 CV??? y pesa mas de 115 kg? todas sin limitar están por encima de esos valores es decir superan ampliamente la relación peso potencia de 0,272 Kg por CV, por tanto con el A" no se puede llevar legalmente ninguna enduro de 250cc o mas si no esta limitada FISICAMENTE, aunque lo este en papeles.

No le contéis mas milongas a la gente por favor, que nunca pasa nada, pero como le pase a uno se acordara de vuestra familia y del momento en el que os hizo caso....

decidles la verdad que LEGALMENTE NO SE PUEDE LLEVAR UNA ENDURO DE 250cc o mas con el A2 si la moto esta limitada en papeles, pero NO ESTÁ LIMITADA FISICAMENTE.

Luego cada cual que haga lo que se de la gana, pero no les aconsejéis ilegalidades, informadles de lo que dice la ley y que luego cada cual haga lo que le de la real gana, bajo su responsabilidad.

Tienes razón, yo no lo habia pensado con la relacion peso/potencia.

Tambien es verdad que cuando yo me saque el carnet "A2", estuve mirando por todos los lados, preguntando en muchos sitios y hice todo lo.posible para saber que moto podia conducir. Ví que mi actual ktm450, en internet,todas las fichas técnicas (sin bajar la limitacion) decían que tenia 35kw, el limite para el A2. Pregunte en tiendas, autoescuelas,dgt y hasta en la guardia civil. Todos me dijeron que si la moto en banco,marcaba 35kw, que equivale a 47cv, podía conducirla con el carnet A2. Asique me quite cualquier duda respecto a la relacion PE/PO. Puesto que subiendo motos de enduro al banco, solo se podria conducir una 125 2t.

Mirando la legislación para el carnet A1, vi que la relacion peso potencia era de risa...

En resumen, me di cuenta que nadie sabía exactamente, la legislación correspondiente al carnet A2.

Terminando solo decir que yo no le e dicho nada ilegal a nadie, todo lo que he dicho esta comprobado por mi experiencia, que yo si voy legal y voy con una moto de casi 50cv con 115kg de peso, eso en relación P/P tiene que salir disparao jejej. Sin ningun animo de ofender Jaso.

Saludos

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sinpat no pienses mas con las fotos lo has dejado clarísimo, el peso que indican es MMA es decir la Masa Máxima Autorizada, a efectos prácticos la Masa viene a ser lo mismo que el peso.

Tenias toda la razón.

aclarado ha quedado entonces

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  • 2 years later...

xDDDDDDDDDDDDDDDDDD

gracias un par de meses buscando por todos lados...comiendome el tarro....

que me sacao el a2 por que me encantan las enduro y estaba amargao con pensar que compraria una 690 smc....con una 450 le tiro pal monte y con mi kit supermotard pa moverse...ya lo unico...que llave de contacto me aconsejais ponerle?? :S

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@ jaso.. me tenias loco e leido eso de que no se puede cojer mas de 250 exc mas veces por ti y por una vez dices q si !! wahhaaha

450 al canto mañana despues de aprovar !! aora no me diras q no la coja por que aun no tengo el a2...estar estara otra cosa es legislar por legislar,,,ya llegara el carnet xDDDD

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Vamos todos ilegales?

Si el seguro no cubre si tienes modificación y todos las tenemos, solo limitadas en papeles,es decir vamos ilegales con una modificación que no está reflejada.

Que hay que hacer taller homologar itv y demás,me parece una estafa que vendan las motos limitadas en papeles

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