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hoja de reclamacion y denuncia a motos muriel

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fujiyama2009

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Marca: Yamaha

Modelo: WR 450 F 09

Publicado el: 29/04/2009 01:35

Descripción

GARANTIA - 2 AÑOS

http://yamaha.dailymotos.com/motos-segunda-mano/yamaha-wr-450-f-09/29195/

ya sé que una cosa es eso y otra ver que te exigen para mantenerla, pero para afirmar que estas motos no tienen garantia habrá que tener un respaldo legal, el afirmar que la tienen si tiene ese respaldo en la ley de garantias

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Según entendí yo ayer que llame a un concesionario, me dijeron que se consideran estas motos de competición, y que hay un vacio legal al respecto y por ello no se tiene por que dar garantía, ahora bien, si el concesionario que te la vende te dice que te dan garantía es otra cosa...

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Solo decir una cosita. He comprado 2 gas gas nuevas, y en ambas he tenido dos años de garantia, pues era lo que les dictaminaba la ley... No estan en el mismo segmento que las KTM? Pues eso, dicho queda.

yo me compré un Honda y me dieron 5 años de garantia, y a mi vecino VW solo le daba 2. ¿no estan en el mismo segmento?..... pues eso. Cada marca escoge como quiere promocionarse. No creo que a mercedes le sierviera de mucho anunciar 5 años de garantia... no tienen necesidad de demostrar nada (aunque haya tenido rachas muy malas con segun que modelos)

En cambio, es impesable que te vendan un coche con menos de 2 años de garantía... ¿porque en las motos de enduro si?.. pues será que hay algo que se lo permite...¿no?

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yo me compré un Honda y me dieron 5 años de garantia, y a mi vecino VW solo le daba 2. ¿no estan en el mismo segmento?..... pues eso. Cada marca escoge como quiere promocionarse

pero no dan menos de la mínima legal :idea: , la ampliación si es opción de la marca y/o vendedor, mi seat lo compré con la garantía ampliada a 4 años que era lo que podia y mejor me venia

¿porque en las motos de enduro si?.. pues será que hay algo que se lo permite...¿no?

sí, lo permitimos nosotros que somos gilis, que diría bart, por cierto, lo que se le pide al abogado es precisamente eso, ¿que respaldo legal tiene?

me dijeron que se consideran estas motos de competición, y que hay un vacio legal al respecto y por ello no se tiene por que dar garantía

el concesionario te mintió, ¿y si nos dices cual es?

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yo me compré un Honda y me dieron 5 años de garantia, y a mi vecino VW solo le daba 2. ¿no estan en el mismo segmento?..... pues eso. Cada marca escoge como quiere promocionarse

pero no dan menos de la mínima legal :idea: , la ampliación si es opción de la marca y/o vendedor, mi seat lo compré con la garantía ampliada a 4 años que era lo que podia y mejor me venia

rasago, ni yo tengo un Honda ni mi vecino un VW... quizás debería haberme explicado de forma mas extensa, pero creia que con ese ejemplo era suficiente com para pillar la idea.

Estoy seguro que las marcas que ofrecen 2 años de garantía en motos de enduro podrian hacer lo mismo que otros que no la dan. Si como le han dicho a DTdoublebass existe un vacio legal al respecto y no se aprovechan de ello, entiendo que es solo porque ,al igual que el que dá 5 ó 6 años de garantia en coches en lugar de 2, quieren transmitir una imagen de fiabilidad de la marca.

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Claro a mi el concesionario me ha dicho hay un vacio legal en este tipo de cmotos que se consideran competición, tambien creo (esto me suena) que si la llevas limitada a por ejemplo 6cv que vi ayer que pone en la ficha tecnica de la gas gas ec 125 si que se te aplica la garantíaque me daban ellos(digo esto porque hablaba mucho el hombre y desconectaba a veces de lo q decia) :lol: :lol: :lol: . Esto es como las piezas de desgaste, pongo un ejemplo tonto tonto sin pies ni cabeza pero bastante claro :lol: :lol: , Alonso le compra a ferrari un monoplaza de 2007 y lo quiere sin la limitacion que le dan a los particulares que compran estos monoplazas, para que les dure un tiempo, pues que le va a durar?? :lol: :lol: Podrá ir a ferrari y decir oyeee que se me ha roto, y le diran ah! Nosotros te ofrecimos la limitación, si no la has cogido!

Esto es mi muy humilde :lol: :lol: manera de verlo

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que si la llevas limitada a por ejemplo 6cv que vi ayer que pone en la ficha tecnica de la gas gas ec 125 si que se te aplica la garantía.

las gas gas si el vendedor es decente (insisto, la garantia la dá el vendedor y a dos años está obligado) tienes garantia desliitadas, de echo mira las fotos de promoción del producto y verás que el escape es el "libre"

y vuelvo a recordar, este tema va de una 950 que "limitada" ya va lo suyo y "deslimitada" lleva piezas que la marca te vende, esas de "para mantener la fiabilidad y garantia use piezas originales"

Estoy seguro que las marcas que ofrecen 2 años de garantía en motos de enduro podrian hacer lo mismo que otros que no la dan.

para estar seguro de eso tendrias que saber el respaldo legal, yo estoy seguro que tienen obligación por, repito, que no sea por no repetir, la ley de garantias

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y lo quiere sin la limitacion que le dan a los particulares que compran estos monoplazas, para que les dure un tiempo, pues que le va a durar

hombre, las motos que las marcas deja para pruebas del producto ¿están limitadas?, la imitación tiene dos funciones, una la homologación y otra los prmisos de conducir, bien, una cbr rr puedes comprarla limitada a 34cv y libre, unos 126 ¿libre pierde la garantia? pues eso, si nos dejamos engañar muy bien, luego nos dirán que nos bajemos los pantalones y nos pongamos mirando a cuenca que lo ha dicho ktm, o yamaha, o........y si ellos lo han dicho será que pueden

pd: por favor que alguien nos ponga aquí un papel de una marca diciendo que sus productos no tienen garantía

pd2: ¿y el concesionario que te ha dicho lo del vacio lgal cual es? :roll:

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Solo decir una cosita. He comprado 2 gas gas nuevas, y en ambas he tenido dos años de garantia, pues era lo que les dictaminaba la ley... No estan en el mismo segmento que las KTM? Pues eso, dicho queda.

yo me compré un Honda y me dieron 5 años de garantia, y a mi vecino VW solo le daba 2. ¿no estan en el mismo segmento?..... pues eso. Cada marca escoge como quiere promocionarse. No creo que a mercedes le sierviera de mucho anunciar 5 años de garantia... no tienen necesidad de demostrar nada (aunque haya tenido rachas muy malas con segun que modelos)

En cambio, es impesable que te vendan un coche con menos de 2 años de garantía... ¿porque en las motos de enduro si?.. pues será que hay algo que se lo permite...¿no?

No tiene sentido tu comentario con lo mio. Tu comentas una promocion de marcas, que amplian la GARANTIA LEGAL, yo hablo de minimos, que es lo que deven cumplir TODAS las empresas. Las enduros, podran nombrarlas como vehiculos de competicion, pero un vehiculo de COMPETICION, no se puede matricular, entonces, que nos venden?

Yo, nunca compraria una KTM, a no ser que me den por escritos los dos años

yo ni dandomelo por escrito oiga :lol:

La verdad que como estan las cosas, hoy en dia, yo tampoco.

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ese papelito carece de validez legal (salvo que un abogado me corrija), eso sí, si te hacen eso y aún así le compras a ese vendedor al menos avisado estás, en el caso de este tema el vendedor le dió los dos años legales, no firmó renunciando a ella, el problema fue a la hora de atender esa garantia.............y la defensa que nuestro compañero de foro hace de semejante atropello

Sin ser abogado:

Cualquier clausula de cualquier contrato, que sea contraria a la ley, no es aplicable.

Es un caso que se dá mucho en contratos laborales. Los beneficios que otorga la ley son irrenunciables.

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Solo decir una cosita. He comprado 2 gas gas nuevas, y en ambas he tenido dos años de garantia, pues era lo que les dictaminaba la ley... No estan en el mismo segmento que las KTM? Pues eso, dicho queda.

yo me compré un Honda y me dieron 5 años de garantia, y a mi vecino VW solo le daba 2. ¿no estan en el mismo segmento?..... pues eso. Cada marca escoge como quiere promocionarse. No creo que a mercedes le sierviera de mucho anunciar 5 años de garantia... no tienen necesidad de demostrar nada (aunque haya tenido rachas muy malas con segun que modelos)

En cambio, es impesable que te vendan un coche con menos de 2 años de garantía... ¿porque en las motos de enduro si?.. pues será que hay algo que se lo permite...¿no?

No tiene sentido tu comentario con lo mio. Tu comentas una promocion de marcas, que amplian la GARANTIA LEGAL, yo hablo de minimos, que es lo que deven cumplir TODAS las empresas. Las enduros, podran nombrarlas como vehiculos de competicion, pero un vehiculo de COMPETICION, no se puede matricular, entonces, que nos venden?

creo que no sabemos muy bien de lo que estamos hablando... pero bueno, a veces hasta se aprende algo...

Superman, ¿puedes decirme porque un vehículo de competición no puede matricularse? ¿que le impide ser homologado?. A demás, donde dice la ley de garantías que TODAS las empresas la deben cumplir?? Te recuerdo que la ley de garantías es para el CONSUMIDOR, y para BIENES DE CONSUMO.

Un vehiculo fabricado expresamente para la competición y para profesionales, ¿es un bien de consumo?... yo creo que no, y que un consumidor lo compre no lo convierte en uno.... imagino que por ahí van los tiros.

Y rasago, joder... que lo de la 950 es bastante obvio, y que las motos de enduro deberían tener 2 años también... pero si a la practica no es así es porque la ley lo permite.

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creo que no sabemos muy bien de lo que estamos hablando... pero bueno, a veces hasta se aprende algo...

Superman, ¿puedes decirme porque un vehículo de competición no puede matricularse? ¿que le impide ser homologado?. A demás, donde dice la ley de garantías que TODAS las empresas la deben cumplir?? Te recuerdo que la ley de garantías es para el CONSUMIDOR, y para BIENES DE CONSUMO.

Un vehiculo fabricado expresamente para la competición y para profesionales, ¿es un bien de consumo?... yo creo que no, y que un consumidor lo compre no lo convierte en uno.... imagino que por ahí van los tiros.

Y rasago, joder... que lo de la 950 es bastante obvio, y que las motos de enduro deberían tener 2 años también... pero si a la practica no es así es porque la ley lo permite.

Almenos pluralizas cuando dices que no sabemos de lo que estamos hablando...

Te tengo que buscar el documento donde cita textualmente la total obligacion de mcualquier marca o comercio, a aportar la garantia de dos años a CUALQUIER articulo de consumo? Cosa que las motos de enduro lo son, para algo se paga el IVA, se paga el impuesto de matriculacion, se paga el impuesto del ayuntamiento...

Y no, no me pidas que te lo busque que tengo cosas mas mejores que hacer, para eso tienes san google, que buscando la ley de garantias lo encontraras.

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donde dice la ley de garantías que TODAS las empresas la deben cumplir?? Te recuerdo que la ley de garantías es para el CONSUMIDOR, y para BIENES DE CONSUMO.

Un vehiculo fabricado expresamente para la competición y para profesionales, ¿es un bien de consumo?... yo creo que no, y que un consumidor lo compre no lo convierte en uno.... imagino que por ahí van los tiros.

Y rasago, joder... que lo de la 950 es bastante obvio, y que las motos de enduro deberían tener 2 años también... pero si a la practica no es así es porque la ley lo permite.

eso estamos preguntando precisamente ¿donde dice que ktm en este caso, o yamaha en el tuyo estén libres de cumplir? que por cierto de tanto insistir en que la garantia es cosa del vendedor igual nos lo acabamos creyendo :lol:

cortesia de un compañero de foro

Artículo 116. Conformidad de los productos con el contrato.

1. Salvo prueba en contrario, se entenderá que los productos son conformes con el contrato siempre que cumplan todos los requisitos que se expresan a continuación, salvo que por las circunstancias del caso alguno de ellos no resulte aplicable:

a) Se ajusten a la descripción realizada por el vendedor y posean las cualidades del producto que el vendedor haya presentado al consumidor y usuario en forma de muestra o modelo.

b) Sean aptos para los usos a que ordinariamente se destinen los productos del mismo tipo.

c) Sean aptos para cualquier uso especial requerido por el consumidor y usuario cuando lo haya puesto en conocimiento del vendedor en el momento de celebración del contrato, siempre que éste haya admitido que el producto es apto para dicho uso.

Esto INCLUYE la competicion!!!, motos de cross, motos de trial no matriculadas, o 1 R6 que la ponga en circuito y por supuesto motos de enduro matriculadas.

Artículo 123. Plazos.

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad.

O sea dos años de garantia…………

Y ningun contrato privado puede estar por encima de la ley, de modo que aunque firmemos 1 contrato de compraventa que estipule garantias de 1 mes o 3 meses es papel mojado.

Y recuerdo que la garantia la da el VENDEDOR, no el fabricante, de modo que si el concesionario dice que la fabrica no da garantia, es simplemente y llanamente SU PROBLEMA, desde el 2003 la garantia la da directamente el vendedor, o sea que en caso de problemas, nada de escribir a fabrica ni cosas por estilo, a consumo y a denunciar AL VENDEDOR directamente.

Obviamente, lo mejor es no llegar a estos extremos.

1 saludo,

j.

ese papelito carece de validez legal (salvo que un abogado me corrija), eso sí, si te hacen eso y aún así le compras a ese vendedor al menos avisado estás, en el caso de este tema el vendedor le dió los dos años legales, no firmó renunciando a ella, el problema fue a la hora de atender esa garantia.............y la defensa que nuestro compañero de foro hace de semejante atropello

Sin ser abogado:

Cualquier clausula de cualquier contrato, que sea contraria a la ley, no es aplicable.

Es un caso que se dá mucho en contratos laborales. Los beneficios que otorga la ley son irrenunciables.

bueno, aún si no eres abogado ya me vale para quedarme más tranquilo :wink:

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Como sigamos por según qué derroteros, el post va a terminar más cerrado que el coño de una monja (pff, no estoy muy seguro de esto, pero weno).

Por otra parte, me parece una gilipollada seguir con este post, más que nada porque el interesado ya no está en el nido y no tiene pinta de que vaya a volver. Por otro lado, me jode porque es un tema que pudiera usarse como precedente en otras ocasiones (según cómo terminase, claro está).

Por último, lo d no ir contra las instituciones, me parece otra enorme gilipollada. Cada uno sabemos cuánto nos cuelga entre las patas y si un tipo no se atreve a ir contra las ``instituciones´´, tampoco merece nuestra atención ni nuestra confianza, o sea, que no tiene carisma ni personalidad y, al menos para mí, pierde el interés.

Esto lo hacemos entre todos, con nuestra opinión y saber y si no lo ponemos, no somos parte de lo que debieramos ser, como decía mi amigo Jack (Sparrow): no es acertado ni correcto, ni tampoco es aceptable ni adecuado, se trata (es evidente) de una abominación.

Pd: Rasago, no tienes razón.

Pd2: Quarter10 (bienvenido :mrgreen: ) tú tampoco.

Pd3: Samuel, tú estás como los dos de antes.

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donde dice la ley de garantías que TODAS las empresas la deben cumplir?? Te recuerdo que la ley de garantías es para el CONSUMIDOR, y para BIENES DE CONSUMO.

Un vehiculo fabricado expresamente para la competición y para profesionales, ¿es un bien de consumo?... yo creo que no, y que un consumidor lo compre no lo convierte en uno.... imagino que por ahí van los tiros.

Y rasago, joder... que lo de la 950 es bastante obvio, y que las motos de enduro deberían tener 2 años también... pero si a la practica no es así es porque la ley lo permite.

eso estamos preguntando precisamente ¿donde dice que ktm en este caso, o yamaha en el tuyo estén libres de cumplir? que por cierto de tanto insistir en que la garantia es cosa del vendedor igual nos lo acabamos creyendo :lol:

Si lo tubiera claro alguno de nosotros, rasago, hace tiempo que esto tendria respuesta.

Antes de llegar al artículo 120 i pico... la ley tiene unas definiciones y un ámbito de aplicación, y no incluye como consumidor una actividad empresarial o profesional.

Yo tengo muy claro que es un profesional en la realidad, pero ante un juez y con los abogados de KTM en la otra mesa, a lo mejor hasta resulto ser rival de Cervantes.. Y para complicar las cosas, lo que no puedo negar es que yo estoy o he estado federado, y he corrido algunas carreras... eso no me hace un profesional, pero ya te digo.. no soy yo quien lo decide.

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