Saltar a contenido

Modificaciones de la garantía, en la nueva ley de consumo


Edu55

Recommended Posts

Bueno como recientemente se ha modificado la ley de consumo, pongo aquí un resumen de las mejoras, muy interesantes.

Lo pongo en este apartado para evitar las clásicas discusiones de que si las enduro son motos de competición y no tienen garantía, que si cuando las deslimitas pierdes la garantía y demás escusas típicas de algunos concesionarios.

 

Como las Tráil no vienen limitadas y o se consideran motos de competición, sino como los coches un bien de consumo, aquí no hay discusión de si es aplicable o no la garantía actualmente de TRES años y otras cosas mas que han cambiado, aquí pongo el resumen para quien no sepa en que ha variado la ley.

 

Mejoras para los propietarios de motos nuevas

MOTOS NUEVAS CON TRES AÑOS DE GARANTÍA: hasta el 31 de diciembre de 2021 el período por ley para reclamar el defecto de un producto nuevo comprado era de dos años. Desde el 1 de enero el comprador podrá reclamar si el defecto o problema de funcionamiento aparece en los tres años posteriores a su compra. Hay fabricantes de motos que de manera voluntaria ofrecen una extensión de la garantía legal

DEMOSTRAR LA FALTA DE CONFORMIDAD: con la nueva normativa el período en que la carga de prueba corresponde al vendedor sube a dos años en lugar de los seis meses. La carga de prueba se refiere al período en el que el consumidor no necesita demostrar la falta de conformidad del producto según lo estipulado en el contrato (y que ya existía cuando el producto se entregó), algo mucho más favorable para los consumidores. Es decir, es el vendedor quien responde a las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. Esto dice la normativa: “Si el producto no fuera conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá optar entre exigir la reparación o sustitución del producto salvo que una de esas dos opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada. Desde el momento en que el consumidor y usuario comunique al vendedor la opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ello”. A partir de los dos años, será el comprador quien tendría que demostrar la falta de conformidad.

REPARACIÓN EN GARANTÍA: el plazo para comprobar que una reparación en garantía es correcta aumenta de seis meses a un año.

DISPONIBILIDAD DE REPUESTOS: es otra de las novedades más destacadas de la nueva normativa ya que el plazo para que un fabricante facilite repuestos y un servicio de atención técnica aumenta desde los cinco años hasta los diez años, contando desde que el producto deja de fabricarse. Para la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) califican las mejoras como “un paso adelante en la sostenibilidad y reparabilidad de los artículos. Trabajamos contra la obsolescencia prematura de los productos”.

SUSPENDER EL PAGO DEL PRECIO: por primera vez se incluye la posibilidad de suspender el pago de cualquier parte pendiente del precio del producto adquirido debido al incumplimiento del vendedor.

PRESCRIPCIÓN DE ACCIONES JUDICIALES: el plazo para que una acción judicial relacionada con la compra de un producto nuevo o reparación prescriba aumenta de tres a cinco años desde la manifestación de la falta de conformidad.

.

Enlace al post
Compartir en otros sitios

¡Navega sin publicidad en 2y4t!
Registra una cuenta o conéctate para comentar

Debes ser un miembro de la comunidad para dejar un comentario

Crear una cuenta

Regístrate en nuestra comunidad. ¡Es fácil!

Registrar una cuenta nueva

Iniciar Sesión

¿Ya tienes cuenta? Conéctate aquí.

Iniciar Sesión
×
×
  • Create New...